El acceso telemático a estos Censos estará restringido, previa identificación (login), a quienes estén en posesión de una licencia federativa y a las entidades (clubes y asociaciones) que formen parte o estén integradas en la FAPyC, y así lo soliciten.
Conforme a lo establecido en la ORDEN PIC/350/2024, de l4 de abril, por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas aragonesas, el tratamiento y publicación de los datos contenidos en los censos tendrá por exclusiva finalidad garantizar el ejercicio por los electores de su derecho de sufragio, y garantizar la transparencia del proceso electoral, no siendo posible su utilización ni cesión para ninguna finalidad distinta de aquélla. Queda prohibida cualquier información particularizada sobre los datos personales contenidos en el Censo Electoral.
El sistema no admitirá la descarga de archivos con la información del censo y permitirá que puedan acceder al mismo la Junta Electoral.
En todo caso, será de aplicación lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
El censo electoral, que estará ordenado por circunscripciones electorales y sectores, contendrá todas las personas y entidades que cumplan los requisitos exigidos, y deberá ser expuesto, respetando la normativa sobre protección de datos personales, en la página web oficial de la federación en una sección denominada "procesos electorales", que deberá estar permanentemente actualizada.
De dicha exposición informará debidademnte la federación a través de redes sociales o entornos web.